Poco se sabe de la Historia de Palomeque, reseñar que ya aparece en las RELACIONES TOPOGRÁFICAS DE FELIPE II. En ellas se puede leer: En el lugar de Palomeque que es jurisdicción de la villa del Viso, a veinte y un días del mes de octubre delaño de nuestro Salvador Jesucristo de mil quinientos y setenta y ocho años, este dia se juntaron a hacer la relacion y discrepcion de este lugar conforme a relacion que a el fue enviada de la ciudad de Toledo, en la cual no hay nombre de quien la envio ni de quien es el comisario ni los de el pueblo entendieron que era menester saberlo, ni el que lo truxo les dixo lo qu habien de hacer, y ansi el señor Diego Rodriguez, alcalde, y Lorencio Fernandez, regidor, y en ausencia de Domingo Garcia, regidor, Francisco Gallego, los cuales para efecto de la dicha relacion nombraron a Andrés Cabras y Barolome Serran, vecinos de este lugar los cuales todos juntos conforme a la dicha relacion respondiendo a todos los capitulas de ella en la forma siguiente:

l.-Al primer capitulo de la dicha relacion dixeron que este lugar se llama Palomeque, y no saben porque le llamaron ansi, y ansi se ha llamado siempre.
2.-Al segundo capitulo dicen que este lugar tiene ochenta vecinos, y que siempre ha sido menor pueblo porque habra cincuenta o sesenta arios que no tiene mas de veinte vecinos.
3.-Al tercer capitulo dixeron que es pueblo nuevo, y que de oidas han oido decir que no debe de haber cien años que se fundo, y que oyeron decir que era Alcarria este lugar.
4.-Al cuarto capitulo dicen quc la ciudad de Toledo habla por este lugar en cortes, y que es aldea de la villa del Viso.
5.-Al quinto capitulo dicen que este lugar esta en el reino de Toledo en las Arenas.
6.-Al sexto no hay que responder.
7.-Al septimo no hay que decir.
8.-Al octavo que este lugar es de la bailia de Olmos de la orden de San Juan, y agora le posee don Hernando de Alarcon comendador que es de ella, y no se sabe otra cosa.
9.-Al noveno dicen que la chancilleria en cuyo distrito esta este lugar es Valladolid, y alla van los pleitos en grado de apelacion, y que habra hasta ella treinta y cuatro leguas una mas a menos.
10.-Al decimo dicen que la jurisdicion de este lugar es de la villa del Viso, donde hay alcalde mayor de esta .tierra, y que habra tres cuartos de legua de aqui a el Viso.
27.-A los veinte y siete no hay que responder.
28.-A los veinte y ocho el puesto de este lugar es una ladera, y no hay otra cosa que responder.
29.-A los veinte y nueve no hay que responder.
30.-A los treinta que la suerte de las casas de este lugar y edificios y materiales dellas, es tierra porque no hay piedras, ni sal ni yeso, y todas las casas son a teja vana, porque no hay ninguna doblada, y muchas de ellas pajizas.
31.-A los treinta y uno no hay que responder.
32.-A los treinta y dos no hay que responder.
33.-A los treinta y tres no hay que responder.
34.-A los treinta y cuatro no hay que decir.
35.-A los treinta y cinco dicen que no tienen otro modo de vivir sino es la labor.
36.-A los treinta y seis dicen que la justicia de ese lugar la pone el comendador de esta bailia de Olmos, y que no hay otra en el. 37.-A los treinta y siete dicen que este lugar no tiene jurisdicion ninguna, que todo es de la villa del Viso, y que no tienen previlegios ningunos.
38.-A los treinta y ocho dicen que la invocacion de la iglesia de este lugar es de San Juan Bautista y que no hay otra cosa que responder a este.
39.-A los treinta y nueve no hay cosa de que hacer mension.
40.-A los cuarenta no hay que responder.
41.-A los cuarenta e uno dicen que aqui se guardan dos fiestas demas que la iglesia mandar guardar que son: San Gregorio Nacianceno y San Pantaleon, y que se votaron por el pulgon de las viñas.
42.-A los cuarenta y dos no hay que responder.
43.-A los cuarenta y tres dicen que la villa del Viso ha de responder a el.
44.-A los cuarenta y cuatro no saben otra cosa que decir ni responder.
45.-A todo lo cual los dichos acaldes y regidores y personas nombradas que se hallaron presentes y lo mejor que supieron y entendieron respondieron a los dichos capitulos y cada uno de ellos y esto dieron por su respuesta, no firmaron por no saber: Bartolome Serrano y Marcos Lopez y Alonso Gonzales, vezinos del dicho lugar. Firmolo un testigo a ruego de todos. A ruego Diego Serrano. Yo Francisco Delgado, escribano publico en toda la bailia de 0lmos, aprobado por los señores del consejo de Su Majestad, publico del numero del bailio mi señor, presente fui a lo que dicho es en uno con los contenidos en la cabeza de esta relacion, y en fee de ello lo signe en testimonio de verdad. Francisco Delgado (Rubricado). Sin derechos.
Cedillo al oriente, media legua pequeña.
Nominchal, media legua pequeña.
Chozas al poniente, una legua grande a mano derecha

T. II, fols. 143-144. v.º

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